Reclamación de salarios · CórdobaLo trabajado se cobra.
Nóminas atrasadas, horas extra que nunca aparecen, un plus del convenio que no te pagan o una categoría inferior a la que te corresponde. Todo eso se reclama, con intereses, dentro de un año.
de plazo de prescripción para cada mensualidad adeudada.
Art. 59.2 ETde interés anual por el retraso en el pago del salario.
Art. 29.3 ETde jornada obligatorio: si la empresa no lo tiene, tu prueba gana peso.
Art. 34.9 ETQué se puede reclamar: nóminas y horas extra.
- Nóminas impagadas o pagadas tarde, total o parcialmente.
- Horas extraordinarias no pagadas ni compensadas con descanso.
- Diferencias de convenio: tablas salariales actualizadas, pluses (nocturnidad, festivos, transporte, antigüedad), pagas extra.
- Diferencias por categoría: si haces funciones de un grupo superior al de tu contrato.
- Vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato.
- Gastos y dietas que la empresa debe compensar: kilometraje, desplazamientos, herramientas.

Horas extra: la prueba.
Las horas que superan la jornada ordinaria son horas extraordinarias y deben pagarse o compensarse con descanso en los cuatro meses siguientes. La ley limita su número a 80 al año, sin contar las compensadas con descanso.
La dificultad está en probarlas. Por eso es tan importante el registro diario de jornada, obligatorio para todas las empresas desde 2019. Si la empresa no lo lleva o lo tiene manipulado, la balanza se inclina a tu favor.
Te ayuda a probarlas:
- Fotos o capturas del registro de jornada, o de los cuadrantes.
- Correos, mensajes y llamadas fuera de horario.
- Datos de geolocalización, accesos o fichajes.
- Testigos: compañeros, clientes, proveedores.
Cómo reclamar horas extra sin perder el trabajo.
Reclamar lo que te deben no es motivo de despido. Si la empresa te despide por reclamar, ese despido puede ser nulo por vulnerar la garantía de indemnidad.
- Reclamación por escrito a la empresa, que interrumpe la prescripción y deja constancia.
- Papeleta de conciliación ante el CMAC con el desglose de lo que se reclama.
- Demanda ante el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo.
Si los impagos o los retrasos son continuados, además puedes pedir la extinción de tu contrato con indemnización de 33 días por año, como si te hubieran despedido de forma improcedente.
Y si la empresa es insolvente o está en concurso, el FOGASA paga salarios e indemnizaciones con los límites legales.
Qué hacemos por ti.
Sin rodeos: te decimos si tienes caso, qué puedes conseguir y qué plazos corren.
Cuadramos los números
Tus nóminas frente a tu convenio y tus horas reales.
Reclamación escrita
Interrumpimos la prescripción para no perder ni un mes más.
Conciliación
Papeleta ante el CMAC con el desglose exacto.
Demanda y cobro
Juicio y, si hace falta, ejecución o FOGASA.
Dudas sobre horas extra y salarios.
¿Me pueden despedir por reclamar lo que me deben?
No. Un despido como represalia por reclamar puede ser nulo, con readmisión y salarios.
¿Cuánto tiempo hacia atrás puedo reclamar?
Un año desde que cada cantidad debió pagarse. Una reclamación escrita o una papeleta interrumpen el plazo.
No tengo registro de jornada. ¿Puedo reclamar horas extra?
Sí. La falta de registro es un incumplimiento de la empresa y puedes probar las horas por otros medios: mensajes, testigos, geolocalización.
¿Me pagan intereses?
Sí. El salario adeudado genera un interés del 10 % anual.
Hago trabajo de una categoría superior. ¿Me corresponde más sueldo?
Sí, tienes derecho a cobrar la diferencia por las funciones superiores que realizas, y en ciertos casos a pedir el ascenso.
La empresa ha cerrado y no paga. ¿Qué hago?
Reclamar igualmente. Si se declara la insolvencia, el FOGASA puede abonar parte de lo debido.
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Todo lo que hacemos en laboral, para trabajadores y para empresas. Ver el área completa.
- DineroFiniquitoQué debe incluir y cómo firmarlo sin perder derechos.
- CondicionesIrte con indemnizaciónSi la empresa no paga o incumple gravemente.
- CondicionesCambios de horario, sueldo o trasladoImpugnarlo o irte con indemnización.
- DespidoDespido nuloBaja médica, embarazo o represalias: readmisión y salarios.
- DerechosAcoso laboralPruebas, protección y salida con indemnización.
- DespidoDespido improcedenteCuánto te corresponde y cómo reclamarlo a tiempo.
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Información general, actualizada en octubre de 2026. No sustituye el estudio de tu caso concreto. Revisado por Álvaro Caparrós Carretero, abogado colegiado n.º 5.093 del ICA de Córdoba. Volver a derecho laboral.